Muchos son los extranjeros que viven en España de forma legal y desean Afirmemos que la mayor parte de las personas que deciden emigrar lo hacen para procurar dar una nueva vida a sus familiares, mas lo cierto es que, la reagrupación familiar es un proceso que precisa del cumplimiento de determinados requisitos, y un expediente que conlleva la gestión de bastantes documentos.
Por ello, en esta noticia os damos las diez claves que debes tomar en consideración para tramitar exitosamente la .
Vicente Marín, letrado especialista en derecho de extranjería y nacionalidad de España y director de Parainmigrantes.info, nos explica las diez claves de la Reagrupación Familiar en el siguiente vídeo:
Si deseas presentar tu Reagrupación Familiar cuenta con un equipo especialista en extranjería y Nacionalidad De España. Cuenta con el equipo de Parainmigrantes.info. Rellena este formulario con tus datos y nos vamos a poner en contacto contigo.
Lo primero que debes tomar en consideración es que para poder hacer una reagrupación familiar debes tener en España .
Los familiares que podrás reagrupar una vez te halle en España son:
1.Cónyuge o bien persona con la que el reagrupante sostenga una relación de afectividad equivalente a la conyugal. En ningún caso va a poder ser reagrupado más de un cónyuge o pareja. Son incompatibles las situaciones de matrimonio y de equivalente relación de afectividad. En el presunto de estar casado por segunda o bien posterior vez, se va a deber acreditar la disolución y la situación del precedente cónyuge o bien pareja y sus familiares en lo que se refiere a la residencia común, la pensión al cónyuge o pareja y los hijos.
Se considera relación análoga a la conyugal:
2. https://robot-cita-previa-extranjeria.com/es/abogados-expertos-en-extranjer%C3%ADa-inmigraci%C3%B3n-y-nacionalidad-espa%C3%B1ola-barcelona-madrid-online Hijos del reagrupante y del cónyuge o pareja, incluidos los adoptados (siempre que la adopción genere efectos en España), menores de dieciocho años o bien discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud. Si es hijo de uno de los cónyuges o bien miembros de la pareja, éste va a deber ejercer en solitario la patria potestad o bien se le deber haber concedido la custodia y estar efectivamente a su cargo
3.Representados legalmente por el reagrupante, menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus necesidades debido a su estado de salud.
4.Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración o bien larga duración-UE, o de su cónyuge o bien pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.
Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendente menor de 65 años. Se consideran razones humanitarias, entre otros muchos casos, cuando el ascendiente conviviese con el reagrupante en el país de origen, o bien cuando sea incapaz y esté tutelado por el reagrupante o su cónyuge o bien pareja, o cuando no sea capaz de proveer a sus propias necesidades. Asimismo concurren razones humanitarias si se presentan de forma conjunta las peticiones de los ascendientes cónyuges y uno de ellos es mayor de sesenta y cinco años.
Debes tener en cuenta que los familiares que quieras reagrupar no pueden encontrarse en España de forma irregular. Si se hallan en España y ya conviven contigo y además de esto se encuentran en nuestro país de forma irregular, no vas a poder gestionar tu reagrupación familiar. En un caso así deberás buscar otras vías para arreglar su situación administrativa, como puede ser a través del conocido .
Por tanto tus familiares deben encontrarse en todo instante en su país de origen o país de residencia.
Otra de las claves que debes tomar en consideración para poder gestionar una reagrupación familiar de manera exitosa, es que debes contar con medios económicos. Este es un pilar esencial para conseguir a nuestros familiares.
¿Qué cantidad de dinero debemos acreditar para poder iniciar con nuestra reagrupación familiar?
Para unidades familiares que la formen 2 personas, se exigirá el 150 por cien del IPREM. Para este año 2020 el IPREM asciende a quinientos treinta y siete con ochenta y cuatro euros. O sea que si vives en España y quieres reagrupar a tu esposo, vas a deber acreditar por lo menos ochocientos seis con dos euros al mes.
A esta cantidad deberás sumar el cincuenta por cien del IRPEM por cada familiar adicional que quieras reagrupar. Esto es, que si vives con tu esposo en España y deseas reagrupar a tu hijo, deberás sumar a esos 806,02 euros la cantidad de 268 euros (deberás acreditar que dispones cada mes de al menos mil setenta y cinco euros más o menos).
Para poder acreditar la disponibilidad de estos recursos económicos vas a poder aportar por ejemplo toda la documentación que acredite que cuenta con empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Para ello podrá presentar:
Otro de los aspectos que tendrá presente la para conceder nuestra reagrupación familiar es que los medios de tipo económico sean estables y continuados durante el menos los 6 meses previos a la petición de nuestra reagrupación familiar.
Otro de los requisitos que debemos acreditar para finalizar con éxito la reagrupación familiar, es la .
Deberás aportar así como el resto de documentación un informe expedido por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma del sitio de vivienda del reagrupante, donde quede acreditado que nuestra vivienda tiene luz, agua, habitaciones suficientes por poner un ejemplo, para traer a nuestro familiar.
Igualmente, si no se ha emitido el informe correspondiente en el plazo establecido por la regla (30 días), podrás aportar un informe emitido por un notario por poner un ejemplo.
Si quieres reagrupar a tus padres, además de los requisitos que hemos comentado, deberás acreditar que dependen económicamente de ti, y que no disponen de medios de tipo económico propios para proveer sus necesidades.
Se estima que están a cargo cuando se acredite que a lo largo del último año el reagrupante ha transferido fondos o bien soportado gastos de su ascendente de por lo menos el 51 por cien del PIB por cabeza, en cómputo anual, del país de residencia de este.
Debes tomar en consideración que no vas a poder reagrupar a cualquier familiar. En lo que se refiere a los hijos, únicamente vas a poder reagrupar a los menores de 18 años o bien discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
Además debes tomar en consideración que si es hijo de uno de los cónyuges o bien miembros de la pareja, este va a deber ejercer en solitario la patria potestad o se le deber haber otorgado la custodia.
Si tu hijo ya es mayor de 18 años no vas a poder realizar la reagrupación familiar, mas sí podremos por servirnos de un ejemplo tramitar una
Otra de las claves que debes tomar en consideración para poder lograr realizar una reagrupación familiar de los padres, es la edad. La norma establece que se podrán reagrupar los progenitores, toda vez que estos sean mayores de sesenta y cinco años.
Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendiente menor de sesenta y cinco años. Se consideran razones humanitarias, entre otros casos, cuando el ascendente conviviera con el reagrupante en el país de origen, o cuando sea incapaz y esté tutelado por el reagrupante o bien su cónyuge o pareja, o bien cuando no sea capaz de proveer a sus propias necesidades. También concurren razones humanitarias si se presentan de forma conjunta las solicitudes de los ascendientes cónyuges y uno de ellos es mayor de sesenta y cinco años.
La reagrupación familiar es un trámite que precisa de mucha documentación, tiene muchos requisitos, y algunas veces suele dar inconvenientes. De esta forma y para evitar que tu proceso se retrase, es decir denegado, lo más conveniente es que examines con un especialista tu expediente, para no correr ningún riesgo.
Si quieres presentar tu Reagrupación Familiar cuenta con un equipo especialista en extranjería y Nacionalidad De España. Cuenta con el equipo de Parainmigrantes.info. Rellena este formulario con tus datos y nos vamos a poner en contacto contigo.
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