- <h1>Abogado Extranjería Valencia 【selva & Lorente】 【669 ciento cuarenta 526】</h1>
- <h2>Residencia legal para menores extranjeros</h2>
- <p>¿Para qué sirve una autorización de vivienda? Se trata de una <strong>autorización</strong> que puede solicitarse para los extranjeros menores de edad no nacidos en España</p>
- <p>Para solicitar esta autorización, debe tratarse de los<strong> hijos de residentes extranjero</strong>s que ya han conseguido previamente su <strong>permiso de residencia legal</strong> en España. </p>
- <p>Las situaciones para acceder a este permiso de residencia dependen de si el menor ha nacido en España o bien si ha nacido en un país extranjero. Por el simple hecho de nacer en España, no se adquiere el derecho a la <strong>nacionalidad española o la vivienda legal</strong>. Por consiguiente, le aconsejamos que consulte siempre y en toda circunstancia con un Abogado Extranjería Valencia, dónde nuestros abogados le van a explicar cuál es su situación y cuáles son las medidas que debe adoptar al respecto para regular cuando ya antes su situación y la de su familia. </p>
- <p>En el en el caso de que desee regular la situación de sus hijos menores, ha de saber que pueden darse dos casos. En dependencia de las circunstancias los requisitos y trámites necesarios variarán:</p>
- <ul> <li>El primero, afecta a los <strong>menores no nacidos en España</strong>. En este caso, es preciso acreditar una<strong> estancia continuada en España de 2 años</strong>, su padre o madre debe haber conseguido su permiso de residencia y contar con los medios de vida suficientes para su correcta manutención, haber logrado el informe de vivienda adecuada, y que el menor esté escolarizado si tiene más de seis años.</li> <p>Algunos de los <strong>documentos esenciales a presentar</strong> en un caso así serán el pasaporte del menor, inscripción de nacimiento donde se establezca que se trata del progenitor del menor, la tarjeta de identidad del extranjero, demostración de recursos económicos para mantener al menor, un documento que demuestre la escolarización del menor.</p> <li>El segundo, que afecte a un <strong>menor nacido en España</strong>. Entonces, la petición debe presentarla personalmente el padre o bien la madre en el plazo de 6 meses desde el nacimiento o bien desde el momento en que cualquiera de los progenitores obtengan la autorización de residencia, y acreditar que tiene permiso de residencia en vigor.</li> <p>En este caso el número de documentos a presentar va a ser menor. Tan sólo necesitarás el <strong>certificado de nacimiento del menor y su el pasaporte</strong>, aparte de que el progenitor cuente con la tarjeta de identidad de extranjero. Además de esto vas a deber pagar una tasa ya sea si se trata de una vivienda temporal o a largo plazo.</p> </ul>
- <p>Algunos de los <strong>documentos importantes a presentar</strong> en este caso serán el pasaporte del menor, inscripción de nacimiento donde se establezca que se trata del progenitor del menor, la tarjeta de identidad del extranjero, demostración de recursos económicos para mantener al menor, un documento que demuestre la escolarización del menor.</p>
- <p>En este caso el número de documentos a presentar será menor. Tan solo necesitarás el <strong>certificado de nacimiento del menor y su el pasaporte</strong>, además de que el progenitor cuente con la tarjeta de identidad de extranjero. Además de esto vas a deber pagar una tasa así sea si se trata de una vivienda temporal o bien en un largo plazo.</p>
- <p>Si precisa asesoramiento sobre materia y le interesa saber si sus hijos pueden optar a la <strong>residencia legal en España</strong>, no dude en ponerse en contacto con nuestros <strong>abogados expertos en extranjería</strong>.</p>
- <h2>Todo género de permisos de vivienda y trabajo</h2>
- <p>Para poder <strong>trabajar en España siendo un ciudadano extranjero de fuera de la Unión Europea</strong> es preciso obtener un <strong>permiso obligatorio de vivienda y trabajo</strong>. Con este permiso podrás vivir y trabajar de forma legal en el país. Estos permisos cambiarán en el sentido de si se trata de un permiso de vivienda y trabajo o de estudiante.</p>
- <p>En el caso del <strong>permiso de estudiante</strong> solo se podrán contabilizar veinte horas de trabajo a la semana, entendiendo que a la vez se compagine con los estudios. https://robot-cita-previa-extranjeria.com/es/abogados-expertos-en-extranjer%C3%ADa-inmigraci%C3%B3n-y-nacionalidad-espa%C3%B1ola-barcelona-madrid-online Se comprende que se trata de una experiencia laboral ligada a los estudios de toda persona. Si estás buscando trabajo y eres estudiante puedes prolongar tu <strong>visado de estudiante</strong> para buscar empleo. Además, cuando hayas acabado la carrera, si tus estudios han durado más de tres años, vas a poder optar a a un permiso de trabajo siempre y cuando este tenga un contrato de más de un año y sea de más de 30 horas a la semana.</p>
- <p>Para solicitar el permiso de vivienda y trabajo vamos a deber distinguir el trabajo por cuenta extraña o por cuenta propia. Si se trata de un trabajo para otra empresa se considerará de cuenta ajena. Este permiso habrá de ser solicitado por el propio empleador.</p>
- <p>Como requisito esencial para <strong>conseguir el permiso de vivienda y trabajo por cuenta ajena</strong>, aparte de tener un contrato de trabajo cuya fecha de comienzo debe estar condicionada con la concesión del permiso, se debe encontrar en situación legal en España y no tener ningún condicionante penal en España ni en ningún otro país en por lo menos los cinco años anteriores. Con el contrato de trabajo, además de esto, el trabajador deberá estar dado de alta en la Seguridad Social. También se va a deber abonar el importe de la tasa pertinente para conseguir el permiso de vivienda y trabajo.</p>
- <p>Si está <strong>trabajando por cuenta propia</strong>, o sea es autónomo, deberá acudir a la oficina del consulado de su país y conseguir un permiso de mayor a noventa días y menor a 5 años. De igual manera que con el otro permiso, deberá estar en situación absolutamente legal en España y carecer de antecedentes penales, cumplir con los requisitos obligatorios formulados por el gobierno español para abrir su negocio, poseer algún género de titulación que acredite la profesión a la que se marcha a dedicar y contar con los medios económicos suficientes para comenzar su nuevo proyecto empresarial y que a su vez pueda sustentarse en España.</p>
- <p>Para ello precisará <strong>disponer del pasaporte vigente</strong>, autorizaciones y licencias precisas para arrancar su negocio, junto con la acreditación de que dispone del conocimiento para ejercer esa profesión además de una investigación que calcule la rentabilidad y que dispone del presupuesto necesario para iniciarlo.</p>
- <p>Recuerde que, como <strong>expertos en Derecho de Extranjería</strong>, estamos capacitados para efectuar todos los trámites precisos para la obtención de los permisos que necesite a fin de que su <strong>residencia en España</strong> esté <strong>legalizada</strong>. Desde <strong>permisos de residencia</strong> tanto <strong>temporales</strong> como <strong>permanentes</strong> hasta permisos por arraigo, o tarjetas de estudiante en el caso de que desee cursar estudios oficiales en el país.</p>
- <p>Por otro lado, también nos ocupamos de todas las gestiones relacionadas con la <strong>reagrupación familiar</strong>, es decir, a fin de que si ya reside legalmente acá, pueda traer a los suyos (cónyuge, hijos y/o ascendientes) para vivir en el país.</p>
- <p>Puede visitar nuestro <strong>despacho de Abogado Extranjería Valencia</strong>, nuestros expertos letrados le atenderán, resolverán todas sus dudas y le ayudarán con todos y cada uno de los trámites.</p>